PROCEX GROUP Solución · Honestidad · Certidumbre
Tijuana, B.C. (664) 607-1510
Correo Corporativo [email protected]
Solicitar Asesoría
Noticia de Comercio Exterior

Números de Programas IMMEX suspendidos.

Secretaría de Economía.

 

 

 

Resolución por la que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de programas de la industria manufacturera, maquiladora y de servicios de exportación suspendidos.

 

 

Primero.- Se dan a conocer los nombres de los titulares y números de programas de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Programas IMMEX) suspendidos por la falta de presentación del reporte anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2014, conforme a lo ordenado en el artículo 25, segundo párrafo y tercer párrafo fracción I del mismo artículo, así como por el incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 11, fracción III, ambos del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación IMMEX (Decreto IMMEX), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre de 2006, modificado mediante diversos dados a conocer en el mismo órgano informativo el 16 de mayo de 2008 y el 24 de diciembre de 2010:

I. Por falta de presentación del reporte anual

II. Por incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX

 Segundo.- Las empresas citadas en el artículo primero de la presente Resolución tendrán hasta el último día hábil del mes de agosto de 2015, para:

I.        Cumplir con los requisitos a que se refiere el artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX, y

II.       Presentar el reporte anual del total de las ventas y de las exportaciones resultantes del ejercicio fiscal 2014.

Tercero.- La Secretaría de Economía dejará sin efectos la suspensión de los Programas IMMEX a que se refiere la presente Resolución, a más tardar dos días hábiles después de que el Servicio de Administración Tributaria informe a esta Secretaría que la empresa ha cumplido con los requisitos a que se refiere el artículo 11, fracción III del Decreto IMMEX y los titulares de dichos programas presenten el reporte anual correspondiente al ejercicio fiscal 2014, siempre y cuando la presentación del referido reporte anual y el informe del Servicio de Administración Tributaria se realicen a más tardar el último día hábil del mes de agosto de 2015.

Los programas de las empresas que no subsanen tales omisiones quedarán cancelados definitivamente de conformidad con el artículo 25, párrafo segundo del Decreto IMMEX a partir del primer día hábil del mes de septiembre de 2015.

 

INFORMACIÓN OFICIAL >>

 

Soluciones Integrales en Comercio Exterior

Más de 25 años brindando certidumbre jurídica y operativa

Acompañamos a empresas IMMEX, importadores y exportadores en Tijuana y todo México en el cumplimiento aduanero y fiscal.