
Acuerdo que modifica al diverso que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas.
ÚNICO.- Se REFORMAN únicamente las fracciones arancelarias de los Puntos Tercero y Quinto que a continuación se indican, en el orden que les corresponde según su numeración, del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 2013 y modificado mediante diverso dado a conocer en el mismo órgano informativo el 19 de marzo de 2014, como a continuación se indica:
"Tercero.- ...
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FRACCIÓN |
DESCRIPCIÓN |
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3824.74.01 |
Que contengan hidroclorofluorocarburos (HCFC), incluso con perfluorocarburos (PFC) ohidrofluorocarburos (HFC), pero que no contengan clorofluorocarburos (CFC). |
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Cuarto.- ...
Quinto.- ...
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FRACCIÓN |
DESCRIPCIÓN |
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3824.74.01 |
Que contengan hidroclorofluorocarburos (HCFC), incluso con perfluorocarburos (PFC) o hidrofluorocarburos (HFC), pero que no contengan clorofluorocarburos (CFC). |
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TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor a los quince días hábiles siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.